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Desafiliaciones

Características

A partir de Agosto del 2013 de acuerdo al Art. 18 de la Norma 504, emitida por la Superintendencia de Bancos y Seguros los partícipes que opten por la desafiliación voluntaria podrán únicamente retirar el 50% de los aportes personales más sus rendimientos siempre y cuando este valor cubra la totalidad de los créditos que mantenga en el Fondo, caso contrario deberá realizar el deposito correspondiente para cubrir el saldo a favor del Fondo.

El 50% restante de los aportes personales y aportes patronales más rendimientos quedará registrada en una cuenta por pagar generando rendimientos hasta que el ex – partícipe quede efectivamente cesante la entidad patronal para la cual labora.